En fecha 17 de marzo de 2022, se publicó en la Gaceta Oficial No. 42.339 la Providencia SNAT/2022/000013 (la “Providencia”) por parte del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (“SENIAT”), mediante la cual se establecen los Agentes de Percepción del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (“IGTF”).
- Se designa como Agentes de Percepción del IGTF a los sujetos pasivos calificados como especiales, por los pagos recibidos en moneda distinta al bolívar, o en criptomonedas o criptoactivos distintos a los emitidos por el Estado venezolano, por parte de personas naturales, jurídicas y entidades conómicas sin personalidad jurídica, sin mediación de instituciones financieras.
Los aspectos más relevantes de la Providencia son:
- Los Agentes de Percepción deberán enterar y declarar el IGTF cada quince (15) días en el portal web del SENIAT para, posteriormente, ser pagado en las oficinas autorizadas y bajo las formalidades que
establezcan los instructivos que a tal efecto se publiquen. - En caso de practicarse una percepción indebida o se enteren cantidades superiores a las adeudadas, se procederá con los reembolsos y reintegros correspondientes.
- Los sujetos pasivos calificados como especiales que emitan facturas a través de máquinas fiscales, formatos o formas libres, deberán realizar los ajustes para que las mismas reflejen la alícuota por el IGTF.
- La Providencia entrará en vigencia en fecha 28 de marzo de 2022.

Agentes de percepción del IGTF
En fecha 17 de marzo de 2022, se publicó en la Gaceta Oficial No. 42.339 la Providencia SNAT/2022/000013 (la “Providencia”) por parte del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (“SENIAT”), mediante la cual se establecen los Agentes de Percepción del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (“IGTF”).
- Se designa como Agentes de Percepción del IGTF a los sujetos pasivos calificados como especiales, por los pagos recibidos en moneda distinta al bolívar, o en criptomonedas o criptoactivos distintos a los emitidos por el Estado venezolano, por parte de personas naturales, jurídicas y entidades conómicas sin personalidad jurídica, sin mediación de instituciones financieras.
Los aspectos más relevantes de la Providencia son:
- Los Agentes de Percepción deberán enterar y declarar el IGTF cada quince (15) días en el portal web del SENIAT para, posteriormente, ser pagado en las oficinas autorizadas y bajo las formalidades que
establezcan los instructivos que a tal efecto se publiquen. - En caso de practicarse una percepción indebida o se enteren cantidades superiores a las adeudadas, se procederá con los reembolsos y reintegros correspondientes.
- Los sujetos pasivos calificados como especiales que emitan facturas a través de máquinas fiscales, formatos o formas libres, deberán realizar los ajustes para que las mismas reflejen la alícuota por el IGTF.
- La Providencia entrará en vigencia en fecha 28 de marzo de 2022.

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